Condiciones de venta, entrega y pago
Las siguientes condiciones serán válidas para todas las entregas y todos los servicios (incluso entregas y servicios futuros), en tanto las partes contratantes no hayan acordado algo distinto por escrito.
Los encargos serán vinculantes para el vendedor recién cuando se emita la confirmación de la orden o la factura. Por medio del presente documento se desestima el efecto de las condiciones de contratación del comprador. Tampoco se considerará reconocida su eficacia, a pesar de que el vendedor no haga mención expresa a ello. Las condiciones generales o particulares que contradigan o complementen estas condiciones solo serán vinculantes si son agregadas al contrato o el vendedor las reconoce por escrito.
Müllheim del Ruhr (Müllheim a. d. Ruhr) será el lugar de cumplimiento y la jurisdicción del presente contrato. El acuerdo de la jurisdicción será válido también para los casos del § 38, inc. 3 del Código Procesal Civil de Alemania (ZPO por sus siglas en alemán). Regirá de forma exclusiva el Derecho de la República Federal de Alemania. El comprador asumirá el riesgo del envío desde el lugar de cumplimiento del contrato, incluso cuando la entrega se haya acordado a portes pagados o estación libre de Alemania. Para todas las demás obligaciones resultantes de este contrato en relación al lugar de cumplimiento, en particular para la entrega y transmisión de la mercadería por parte del vendedor, así como la inspección de la mercadería por parte del comprador de acuerdo con el § 377 del Código de Comercio de Alemania (HGB por sus siglas en alemán), el lugar de cumplimiento será el puerto europeo de descarga para mercaderías fuera de Europa que llegarán al comprador para la entrega desde este puerto de descarga y no a través de Müllheim del Ruhr. Si el vendedor adquiere la mercadería de otro proveedor del continente europeo, el lugar de cumplimiento para la entrega y la compra será el sitio de destino acordado.
El contrato se celebrará a reserva de entrega definitiva y oportuna de la licencia de exportación e importación necesaria y/u otros permisos oficiales necesarios para la ejecución de este contrato. El vendedor se verá eximido de ejecutar el presente contrato en caso de que mediaren causas de fuerza mayor u otras circunstancias fuera de su ámbito de influencia que compliquen o tornen imposible la entrega. Se descarta la posibilidad de interponer una reclamación por daños. Ante tales situaciones, el vendedor estará facultado para aplazar la entrega hasta que transcurra un plazo adecuado luego de solucionar la imposibilidad o incapacidad, o para eximirse de sus obligaciones de entrega. En caso de que el comprador refute el acaecimiento de tales condiciones, deberá probar sus afirmaciones. Por lo demás se excluye toda posibilidad de interponer reclamaciones por daños debido a incumplimiento o mora. Si la entrega se tornara imposible por motivos como los mencionados anteriormente, se constituirá un derecho de rescisión por 3 meses desde el rebasamiento del plazo de entrega original para ambas partes. No obstante, en caso de que el comprador esté demorado con la aceptación o el riesgo ya se hubiere transferido a él, el comprador mismo permanecerá obligado a brindar contraprestaciones. Ante tal situación, el comprador no gozará del derecho de rescisión.
La mercadería deberá contar con la calidad correcta y habitual en el comercio conforme a la descripción. El vendedor no garantiza que la mercadería sea adecuada para el uso para el que fue prevista o para el que se la utilizará. Del mismo modo, tampoco será responsable por vicios ocultos que yazcan en la naturaleza de la mercadería u otros vicios que pudieran aparecer al emplear la mercadería o por daños que se ocasionen al utilizarla durante el procesamiento. Frente a diferencias en la calidad de la mercadería, el comprador no tendrá derecho a exigir una indemnización ni a solicitar la entrega de un producto sustituto o exigir la redhibición. No obstante, el comprador podrá exigir la retribución de la minusvalía, a menos que el vendedor se declare dispuesto a aceptar la devolución de la mercadería. En último caso, el contrato se tendrá como anulado, excluyendo todos los derechos recíprocos de exigir indemnización por daños. En tal caso, el comprador deberá mantener la mercadería a disposición del vendedor en el sitio de destino y entregarla allí. Las reclamaciones que no se hagan llegar al vendedor en el sitio de destino dentro de los 7 días (14 días fuera de la República Federal de Alemania) desde la entrega de la mercadería se considerarán atrasadas y, por lo tanto, nulas. Asimismo, las reclamaciones solo serán válidas cuando se desarrollen de forma escrita en el tiempo estipulado y la mercadería aún se encuentre en su estado original. Las reclamaciones no eximirán del pago del precio de compra al comprador. Las reclamaciones en cuanto a las medidas solo se reconocerán cuando pueda probarse una diferencia mayor al marco de tolerancia del 3 % hacia arriba o hacia abajo. Para cumplir con los plazos mencionados en las condiciones alcanzará con entregar la reclamación por escrito a la oficina de correos dentro de los plazos, siendo la fecha del sello del correo determinante, o con enviar un télex.
El riesgo se transmitirá al solicitante o comprador al enviar la mercadería, incluso cuando tengan lugar envíos parciales. En caso de que el envío de la mercadería puesta a disposición se demore por solicitud del comprador u otras circunstancias no atribuibles al vendedor, el riesgo se transmitirá al comprador cuando se emita la notificación de que la mercadería está lista para ser entregada.
En tanto no hayan instrucciones especiales para el envío, el vendedor suministrará la mercadería conforme a su leal saber. El comprador estará obligado indefectiblemente a aceptar la mercadería enviada. El envío se desarrollará a estación de salida libre y a cuenta y riesgo del destinatario. El vendedor estará facultado para realizar entregas parciales aún sin solicitar al comprador su consentimiento. En relación al pago, cada entrega parcial se considerará un contrato especial.
En tanto no se acuerde el uso de otra moneda, los precios se especificarán en euros. Los pagos deberán suministrarse en la moneda en que se hubieren calculado. En caso de que el vendedor acepte otras divisas y medios de pago, deberá tener a disposición los recursos para operar con los medios de pago calculados. De suscitarse eventuales diferencias en el valor de las divisas, el comprador deberá reponerlas de inmediato ante una solicitud. Todos los aumentos en las tarifas de fletes, las diferencias en las cotizaciones en caso de contratos con moneda extranjera, los aumentos en las tarifas de seguros, los aranceles aduaneros, los impuestos u otros aumentos impositivos de cualquier tipo, así como las modificaciones en las normativas de importación, exportación y aduaneras que se sucedan durante la duración del contrato correrán por cuenta del comprador. Las facturas deberán abonarse en su totalidad al valor neto dentro de los 30 días o con un descuento del 2 % dentro de los primeros 10 días. Los pagos pendientes no podrán superar los 30 días luego del comienzo del plazo de pago. De superarse el plazo de pago o no cumplir con la fecha de pago del monto acordado, se incurrirá en mora sin necesidad de recibir una advertencia previa. Desde el primer día de mora se deberán abonar intereses por mora equivalentes al 5 % de la tasa de descuento respectiva del Banco Federal Alemán (Deutsche Bundesbank). Se reserva el derecho de reclamar una tasa de interés mayor como indemnización por la demora. Las transferencias, las letras de cambio o los cheques solo se aceptarán por razones de cumplimiento. Los gastos de cobro y descuento, así como los aranceles de timbre sobre letras de cambio correrán por cuenta del comprador. El endoso y la refinanciación no implican cumplimiento. La aceptación de letras de cambio tampoco implica el aplazamiento de la deuda. El vendedor podrá hacer valer sus derechos adquiridos por el contrato de compraventa en todo momento. El precio de compra se considerará abonado una vez que no exista posibilidad de interponer un recurso contra el vendedor por las letras de cambio presentadas y estas se hayan cobrado en su totalidad. No obstante, dentro de los 10 días luego del comienzo del plazo de pago se deberá regular el régimen de la letra de cambio. Se considerará como día de pago aquel en el que el comprador haya enviado el pago de forma comprobable.
La mercadería suministrada permanecerá como propiedad del vendedor hasta tanto se abone la totalidad del precio de compra de todas las mercaderías entregadas dentro del vínculo contractual, incluyendo todas deudas accesorias. Cuando el pago se efectúe con cheque o letra de cambio se aplicará el mismo principio de forma análoga al cobrar el cheque o la letra de cambio. Los pagos que se desarrollen contra envío de una letra de cambio emitida por el vendedor y aceptada por el comprador serán considerados abonados una vez que el comprador haya cobrado la letra de cambio y, de este modo, el vendedor esté liberado de la responsabilidad cambiaria, de modo que la reserva de propiedad pautada (sin perjuicio de otros acuerdos), así como los demás derechos reservados permanecerán vigentes al menos hasta el cobro de la letra de cambio en favor del vendedor.
Hasta ese momento, el comprador no estará facultado para dar la mercadería en prenda a terceros o transferirla con fines de garantía. Siempre que el comprador trabaje o remodele la mercadería, el vendedor permanecerá como fabricante en el sentido del § 950 del Código Civil Alemán (BGB por sus siglas en alemán) y adquirirá la propiedad de las invenciones intermedias y finales. Por lo tanto, el comprador solo será el depositario. El comprador estará facultado para enajenar la mercadería y el producto fabricado a partir de ella en la marcha normal de los negocios. Por medio del presente documento, el comprador cede al vendedor para su garantía la totalidad de las eventuales deudas de terceros contra el comprador debido a la reventa u otro motivo legal, incluso si el comprador hubiere trabajado la mercadería. En cuanto el comprador haya cumplido con sus obligaciones de pago frente al vendedor, estará habilitado para cobrar estas deudas a cuenta del vendedor.
No obstante, el vendedor estará facultado para notificar acerca de la transmisión a los compradores que se deberán enunciar a pedido y dar instrucciones. El comprador deberá notificar al vendedor de inmediato acerca de eventuales accesos de terceros a la mercadería suministrada con reserva de propiedad o a las deudas cedidas. El derecho de dominio será válido incluso frente al transportista al que se entregará la mercadería por solicitud del comprador u orden del vendedor. La mercadería sometida a la reserva de propiedad deberá tratarse de forma cuidadosa y protegerse contra eventuales daños que pudiera ocasionar el contacto con el fuego o el agua.
Los derechos a indemnización del seguro que se generen en caso de daños sustituirán el derecho reservado y los derechos de cobro cedidos previamente. Si la garantía surgida a partir del derecho de propiedad supera en un 25 % la deuda a asegurar, el vendedor liberará la entrega abonada de acuerdo a su elección. En caso de que luego de la celebración del contrato se produzca un empeoramiento considerable en el patrimonio del comprador o el comprador declare no estar en condiciones de cumplir en tiempo y forma con su obligación, el vendedor será libre de exigir pagos por adelantado en efectivo de una suma que él considere adecuada o tendrá libertad para hacer valer sus derechos legales (rescisión, indemnización, etc.). En este caso, el comprador deberá abonar al vendedor todos los gastos y daños, así como la ganancia perdida. En el marco de este contrato, el comprador estará obligado a rendir cuentas al vendedor en todo momento y brindarle información, en particular acerca del paradero de la mercadería y los beneficios.